Área Metropolitana del Valle de Aburra
¿Qué es una Empresa Transformadora?
Según la Resolución 1407 de 2018 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, vidrio y metal”, una Empresa Transformadora es:
(…) Toda persona natural o jurídica que transforme el material aprovechable en materia prima y/o producto final y lo devuelve a la cadena productiva y/o realice su valorización energética (…)
¿Cuáles son las obligaciones de las Empresas Transformadoras?
En la Resolución 1407 de 2018 en su Artículo 15, se define:
a) Apoyar a los productores en la implementación de los planes de gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de los productores presentados ante la ANLA.
b) Apoyar al productor en las estrategias dirigidas a promover el incremento de las tasas de aprovechamiento de los residuos de envases y empaques.
c) Publicar los criterios y estándares de calidad para el aprovechamiento de los residuos de envases y empaques en plataformas digitales y/o un lugar visible dentro de sus instalaciones.
d) Expedir certificación de los planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques presentados a la ANLA, que incluya la información contenida en el formato del Anexo 1.
e) Apoyar a los productores en el diseño e implementación de programas de sensibilización, cultura ciudadana hacia el consumidor para la separación en la fuente.
Definiciones de reciclaje, valorización energética y coprocesamiento, para la inscripción como Empresas Transformadoras en jurisdicción del AMVA.
- Reciclaje: Según el Decreto 1076 de 2015, en su artículo 2.2.5.13.1.2, son los procesos mediante los cuales se aprovechan y transforman los residuos recuperados y se devuelven a los materiales su potencialidad de reincorporación como materia prima para la fabricación de nuevos productos. El reciclaje consta de una o varias actividades: Tecnologías limpias, reconversión industrial, separación, acopio, reutilización, transformación y comercialización
- Valorización energética: Según la Ley 1715 de 2014, en su Artículo 18, en una estrategia que constituye una de las alternativas para gestionar residuos aprovechando su contenido energético. considerando como fuente no convencional de energía renovable el contenido energético de los residuos que no sean susceptibles de reutilización y aprovechamiento, y el contenido energético tanto de la fracción biodegradable, como de la fracción de combustible de los residuos de biomasa.
- Coprocesamiento: Según la Resolución 909 de 2008, en su Anexo 1, es el ingreso de sustancias, productos, desechos o residuos a hornos de producción de clínker en plantas de cemento, las cuales manejan temperaturas de combustión entre 1100 ºC y 2000 ºC, con tiempo de retención de gases mayores a cuatro segundos para que dichos materiales sean dispuestos de forma final y segura y sin riesgos para la salud o el medio ambiente